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Corporación Santiago Wanderers de Valparaíso

Corporación rechaza aplicación arbitraria del derecho de admisión

martes 4 de octubre, 2016

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Ante la publicación por parte de Santiago Wanderers SADP de un listado que contiene 29 conductas prohibidas de realizarse al interior del estadio «Elías Figueroa Brander» durante los partidos en que Santiago Wanderers juegue de local y las respectivas sanciones que se aplicarán a los hinchas que incurran en dichos actos, el Directorio de la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers viene en manifestar su rechazo al mismo, declarando lo siguiente:

1) Consideramos el catálogo de prohibiciones como un posible acto vulnerador de las garantías constitucionales de nuestras socias y socios y, en general, de todos quienes asisten regularmente al estadio «Elías Figueroa Brander». En efecto, se trata simplemente de una enumeración de restricciones y sanciones que:

  • No contempla protocolo alguno para su aplicación.
  • No determina qué funcionario específico será el encargado de dictaminar la pena, ni de qué medios probatorios se valdrá éste para acreditar los hechos que se le imputan al hincha sancionado.
  • No señala una forma de notificación mediante la cual el hincha penalizado pueda saber el castigo que se le ha aplicado y el fundamento del mismo.
  • No establece los procedimientos de defensa con que cuenta el imputado, ni los mecanismos de impugnación de la sanción.

Todo lo anterior, configura una posible transgresión del derecho al debido proceso y al principio de presunción de inocencia, consagrados en la propia Constitución Política y abre peligrosamente la puerta a la eventual aplicación de sanciones arbitrarias, cuestión que a nuestro juicio resulta inadmisible.

2) Que el rechazo a esta política implementada por la Concesionaria ya fue manifestado por la Corporación a través de sus dos representantes en el Directorio de la SADP, señores Mario Oyer Labbé, Presidente y Felipe Uriarte Muñoz, Secretario, quienes en reunión de fecha 27 de septiembre de 2016 expusieron expresamente las falencia del sistema implementado.

3) Que la Corporación Wanderers comparte la necesidad de implementar acciones que tiendan a evitar la ocurrencia de hechos de violencia ligados al fútbol, como así también a sancionar a quienes atenten contra la integridad física de otros espectadores y/o contra las instalaciones de un recinto deportivo. Sin embargo, ello no puede significar en ningún caso pasar por encima de los derechos y garantías que tienen los asistentes a los espectáculos de fútbol profesional. Debido a esto, la Corporación iniciará diálogos con otras instituciones, como Intendencia y Estadio Seguro, para analizar el tema de la violencia.

4) La Corporación Wanderers se reserva el ejercicio de aquellos derechos, acciones y recursos que franquea la ley para reclamar judicial o administrativamente contra la dictación del mencionado catálogo y/o su aplicación.

DIRECTORIO CORPORACIÓN SANTIAGO WANDERERS
Martes 4 de octubre de 2016